¿Participación o Fiscalización ciudadana?
Han pasado dos meses y una semana de las elecciones generales en Puerto Rico. Durante los meses previos eduqué y promoví la participación ciudadana y el voto informado.
Ahora, estamos es una nueva etapa, el inicio de una nueva administración en las ramas legislativa y ejecutiva, así como en la jurisdicción municipal. Se requiere de nosotros como constituyentes y ciudadanos fiscalizar.
Cuando hablo de “fiscalización ciudadana” me refiero a la observación y verificación del funcionamiento de las instituciones o agencias por parte de los ciudadanos, lo cual incluye velar por el cumplimiento cabal de los deberes y obligaciones de los servidores públicos y funcionarios electos en el descargo de sus funciones.
Algunos beneficios inmediatos de la fiscalización ciudadana son:
1. Fomenta la transparencia y la rendición de cuentas, obliga a los funcionarios a justificar sus decisiones y demostrar el uso adecuado de los recursos públicos.
2. La vigilancia constante por parte de la ciudadanía reduce las oportunidades de actos corruptos al identificar y exponer irregularidades en fecha inmediata, previniendo así el avance y legitimación de las mismas.
3. La supervisión constante por parte de la ciudadanía promueve una mayor diligencia y compromiso de parte de los servidores públicos.
Hoy, te animo a asumir un papel activo como responsable máximo de la gobernanza de Puerto Rico.
Si bien el resultado de las elecciones estableció quienes fueron contratados para ejercer las funciones del cargo para el cuál fueron elegidos, ahora, nos toca adoptar la posición de supervisores, evaluadores y fiscalizadores de sus ejecutorias.
¿Cómo ser un fiscalizador?
1. Identifica, plantea o notifica irregularidades o posibles actos de corrupción a las autoridades correspondientes o a medios de comunicación probados.
2. Lee las órdenes ejecutivas o administrativas de la Gobernadora y las agencias. Considera el efecto práctico de su puesta en vigor.
3. Revisa los contratos otorgados por las agencias o los legisladores en la página del Contralor de Puerto Rico.
4. Asiste a reuniones de legislaturas, concejos municipales y foros donde se discutan políticas públicas.
5.Considera si en el servicio brindado, la acción tomada, la legislación propuesta, la orden emitida beneficia o aparenta beneficiar a personas relacionadas al funcionario o servidor público a cargo, si es en beneficio de un donante, o hecha como un favor, privilegio o ventaja indebida.
Una apariencia indebida en el descargo de las función administrativa gubernamental “ocurre cuando la conducta de un funcionario público, aun si no viola explícitamente la ley, genera la percepción de que está actuando de manera poco ética, parcial, o contraria al interés público…” (ChatGPT) Incluye aquel acto u omisión que pueda interpretarse que resulta de una “influencia indebida.”
Un ejemplo de la apariencia indebida en la administración gubernamental es la primera Orden Administrativa firmada por el recien nombrado Secretario de Recursos Naturales, Waldemar Quíles, que genera desconfianza en los ciudadanos, toda vez que su puesta en vigor beneficia de manera directa a los suegros de la gobernadora. Ello a su vez le resta credibilidad y mina la autoridad moral de la nueva administración.
Tanto la participación como la fiscalización ciudadana son necesarias para reducir las oportunidades de corrupción, erradicar la apariencia indebida en el descargo de las funciones de un puesto y sancionar la concesión de favores, privilegios o ventajas a familiares, amigos o donantes.
Siendo así, tu y yo, nosotros tenemos el deber indelegable de proteger nuestro derecho al voto igual, directo y secreto en la elección de los gobernantes y nuestro sistema republicano de gobierno, mediante la participación y la fiscalización ciudadana.
No es tiempo de claudicar sino de asumir postura, ¡por tí, por tu familia, por nuestra comunidad y nuestro Puerto Rico! Ada Norah Henriquez 1/12/25
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